Para empadronarse se agradecerá tener en cuenta el siguiente procedimiento:
- Ser ciudadano peruano.
- Tener residencia habitual en el Perú.
- Encontrarse de visita por un corto plazo en Indonesia.
- Se ha visto retenido en territorio extranjero como consecuencia de la prohibición del Gobierno peruano para la llegada de vuelos de otros continentes.
- La fecha de su vuelo de regreso es el lunes 16 de marzo de 2020 o fecha posterior, sin que sobrepase los 30 días.
- Contar con el boleto de regreso el cual debe haber sido comprado antes del lunes 16 de marzo de 2020.
Asimismo se informa lo siguiente:
- Hasta la fecha no se cuenta con información oficial sobre vuelos que se habilitarían para el traslado al Perú.
- Cuando se organicen los vuelos, los connacionales empadronados serán contactados vía correo electrónico o teléfono, según la información proporcionada en el registro virtual.
- Se recuerda que si los pasajes de retorno tienen fecha posterior al 31 de marzo, o fueron comprados después del 15 de marzo, NO SERÁ CONSIDERADO EN EL VUELO.
Yakarta, 20 de marzo de 2020